Es por esto que desde el Honorable Concejo Deliberante se presentó, con fecha 17/03/09, una nota que fuera girada al Intendente Municipal Marcelo Bisogni, requiriendo información sobre el inicio del proceso administrativo ambiental regulado por dicha ordenanza, sin recibir respuesta alguna. La ordenanza a la que se hace referencia es la n° 6.495, fechada en Mayo de 2004, la cual es desconocida por la gestión municipal, como es costumbre.
Al respecto y obviando tambien la reglamentación constitucional provincial, que también enmarca el tema en cuestión, el Cjal. Grandi manifestó que los funcionarios deberán hacerse responsables no sólo por incumplir la legislación aplicable sino también por el cumplimiento irregular de las mismas, tanto politica como judicialmente en cuanto correspondiera.
En esta cuestión, el DEM debería haber actuado de oficio, en vez de eso, se nota un desconocimiento total del marco legal antes mencionado.